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Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Artículo 24 Bis México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30/07/2026

Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal
Artículo 24 Bis.

La participación de la Sociedad en el capital social de las instituciones de seguros a que se refiere el artículo 4, fracción X Bis, de esta Ley sólo podrá hacerse en la totalidad menos una de las acciones representativas del capital de tales instituciones y, en consecuencia, éstas serán empresas de participación estatal mayoritaria. La acción restante será suscrita por el Gobierno Federal, por conducto de la Tesorería de la Federación.

Las inversiones a que se refiere este artículo se restarán del capital neto de la Sociedad.

México Artículo 24 Bis Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria
Artículo 1 ...23 Bis 24 24 Bis 24 Ter 24 Quáter ...33

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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